El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación por el término de un año (1 año) al Sr. GALLINA, Carlos Enrique titular del D.N.I. Nº 20.839.665, quien instalará un emprendimiento del rubro “Elaboración Artesanal de Gin”, en Ruta Nacional N° 192 altura Km. 16,3, en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción IV, Sección U, Manzana 61, Parcela 3, Partida Inmobiliaria N° 17.563 de la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz.-
ARTÍCULO 2° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los quince días del mes de diciembre de dos mil veinte.-