El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTICULO 1° CONVALÍDESE el “CONVENIO” suscripto entre el MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS de la Provincia de Buenos Aires, representado por su Ministro el Sr. SIMONE, Agustin Pablo, y la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ representada en éste acto por el Intendente Municipal Lic. NANNI, Diego Eduardo, por el cual se financiará la obra: “Circuito accesible en Capilla del Señor y Los Cardales”, por un monto de PESOS OCHO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS ($8.362.400).-
ARTÍCULO 2° Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, se imputará a las Partidas correspondientes del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 3° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los un días del mes de diciembre de dos mil veinte.-