El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTICULO 1° OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación por el término de 1 año (un año) al Sr. PEREZ, Alberto, titular del D.N.I N° 20.460.036 para la instalación de un servicio del rubro SALA VELATORIA, en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción IV; Sección F; Manzana 13; Parcela 12b, ubicado en la localidad de Parada Robles, partido de Exaltación de la Cruz.-
ARTÍCULO 2° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los un días del mes de diciembre de dos mil veinte.-