El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación por el término de dos años (2 año) al Señor Melo, Martín Leopoldo, titular del D.N.I. Nº 16.866.346 para la instalación de un comercio, rubro “Venta al por Menor de Artículos Nuevos NCP” y “Venta al por Menor de Artículos Usados NCP – excepto Automotores y Motocicletas” bajo el nombre comercial “Tractores Robles” en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción Tercera, Parcela 617-A, de la localidad de Pavón, Partido de Exaltación de la Cruz.-
ARTÍCULO 2° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil veinte.-