El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la concesión del permiso precario de uso de espacio público a favor del Sr. GRECCO, Omar Darío, titular de D.N.I. N° 24.321.198; para la explotación de un KIOSCO DE DIARIOS Y REVISTAS ubicado en las adyacencias a las calles Carlos Pellegrini y San Martín de Capilla del Señor.-
ARTÍCULO 2° FIJASE el plazo de 12 (doce) meses de vigencia al permiso otorgado, los que se contarán a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 3° El otorgamiento y vigencia del permiso otorgado queda sujeto a que el Titular del mismo respete la estructura arquitectónica del lugar.-
ARTÍCULO 4° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de noviembre de dos mil veinte.-