Ordenanza N° 2701-20 – Reductores de velocidad en el barrio Marín de Capilla del Señor

Ordenanza N° 2701-20 – Reductores de velocidad en el barrio Marín de Capilla del Señor

Corresponde Expediente Nº 4036-870/2020-HCD


    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    El Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, procederá a colocar reductores de velocidad (lomos de burro o afines) o medidas alternativas de control de velocidad en Barrio Marín, Capilla del Señor, priorizando las calles Pavón, Los Cardales, Parada Robles y San Juan.-
    
ARTÍCULO 2°    El Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, procederá, para que resulten más visibles en la oscuridad, a realizar una adecuada demarcación y señalización a distancias que permitan alertar a los conductores con el tiempo suficiente, dichos reductores o medidas de control de velocidad.-
    
ARTÍCULO 3°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de noviembre de dos mil veinte.-

    Registrado como Ordenanza N° 2701/20.-

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