Ordenanza N° 2677/20 – Exepción al Código a favor de Santiago Batalla

Ordenanza N° 2677/20 – Exepción al Código a favor de Santiago Batalla

Corresponde Expediente Nº 4036-836/2020-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, excepción al Código de Zonificación por el termino de un año (1 año) al Sr. Santiago Batalla, titular de D.N.I. N° 40.139.854 para la instalación de un comercio, rubro AGENCIA DE REMISES en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción IV, Sección F, Manzana 2, Parcela 12, Chacra 34, Partida Inmobiliaria 031-023206-8 ubicado en la localidad de Parada Robles, partido de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de julio de dos mil veinte.-

    Registrado como Ordenanza N° 2677/20.-

administrator