El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, excepción al Código de Zonificación por el termino de un año (1 año) al Sr. Dardo Escobar, titular de D.N.I. N° 25.072.012 para la instalación de un comercio, rubro AGENCIA DE REMISES en la siguiente ubicación catastral: Partida N°: 2803 Orden N° 669 ubicado en la localidad de Capilla del Señor, partido de Exaltación de la Cruz.-
ARTÍCULO 2° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de julio de dos mil veinte.-