El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la condonación de la deuda vigente por la Tasa de Seguridad e Higiene del contribuyente N° 1551, de nombre Monitor Artística S.A., Legajo N° 02; desde la cuota N° 1 de 2019 a la N° 1 de 2020, inclusive.-
ARTÍCULO 2° EXÍMASE para el Ejercicio 2020 del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene al contribuyente referido en el Art. 1°.-
ARTÍCULO 3° AUTORÍZASE a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) a realizar las bajas administrativas correspondientes.-
ARTÍCULO 4° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de julio de dos mil veinte.-