VISTO:
Que dicho permiso fue sancionado hace dos años por éste HCD.
Y CONSIDERANDO:
Que se acordó extender por 2 años dicha excepción.
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° PRORRÓGUESE la concesión a favor de la Sra. MARIA LUISA ALEGRE, DNI. Nº 20.510.107, del permiso precario de uso de espacio público para la explotación del puesto de flores ubicado en las adyacencias a las calles Carlos Pellegrini y San Martín de Capilla del Señor.-
ARTÍCULO 2° FIJASE el plazo de 24 (veinticuatro) meses de vigencia al permiso otorgado, los que se contarán a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 3° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil veinte.-
Registrado como Ordenanza N° 2666/20.-