El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° Apruébese el CÓDIGO DE PLANEAMIENTO TERRITORIAL DEL PARTIDO DE LA CRUZ, que se tramita mediante Expediente Administrativo N° 4036-38924-0-2017, el cual forma parte integrante de la presente como Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII.-
ARTÍCULO 2° DERÓGUESE las Ordenanzas N° 060/1997, 16/2000, 084/2004, 100/2007, 106/2011, 042/2012, 005/2013, 2455/2017, y toda otra Norma que se oponga a la presente.-
ARTÍCULO 4° De forma.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los ventiséis días del mes de mayo de dos mil veinte.-