El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTICULO 1° CONVALIDAR, el Convenio de Cooperación y la Addenda suscripto entre la CAMARA DE EMPRESAS DE CONTROL Y ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES DE TRANSITO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CECAITRA), representada por su Apoderado Mariano GARCÍA y la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, representada por el Señor Intendente Municipal Lic. NANNI, Diego Eduardo, en el marco de la “COOPERACIÓN EN MATERIA DE ASISTENCIA TÉCNICA, PROVISIÓN DE TÉCNOLOGÍA Y SERVICIOS PARA LA SEGURIDAD VIAL”, la cuela se efectúa en los términos del Artículo 41° del Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias (Ley Orgánica de las Municipalidades).-
ARTÍCULO 2° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los doce días del mes de mayo de dos mil veinte.-