Comunicación N° 01-20 – Uso de Tapabocas en todo el Partido de Exaltación de la Cruz

Comunicación N° 01-20 – Uso de Tapabocas en todo el Partido de Exaltación de la Cruz

Corresponde Expediente Nº 4036-782/20-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

COMUNICACIÓN

ARTICULO 1°    Recomiéndese el uso de Barbijos Caseros (Tapabocas) en todo el Partido de EXALTACION DE LA CRUZ en la vía pública o en lugares de acceso público (Comercios, Industrias, Entidades Financieras y Oficinas de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal).
    
ARTÍCULO 2°    Recomiéndese que previo a cualquier decisión en el sentido indicado, promueva una campaña que ilustre la fabricación, de acuerdo a Instructivo publicado por el Ministerio de Salud de la Nación, de Barbijos Caseros (tapabocas), además de la difusión por todos los medios de cómo hacer correcto uso de las mismos.
    
ARTÍCULO 3°    Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta días del mes de abril de dos mil veinte.-

    Registrado como Comunicación N° 01/20.-

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