El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° AUTORIZAR al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a entregar en CONCESIÓN el predio del CAMPING MUNICIPAL de Capilla del Señor, a favor del CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO CAPILLA, inscripto ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bajo el legajo N° 246641, N° de Expediente 28706/19, por el término de 5 (cinco) años, a partir de la promulgación de la misma.-
ARTÍCULO 2° AUTORIZAR al DEPARTAMENTO EJECUTIVO, a formalizar con los Representantes del Club la firma de los Convenios Respectivos, los cuales se anexarán al Expediente Administrativo respectivo.-
ARTÍCULO 3° DEROGAR, toda otra Norma que se oponga a la presente.-
ARTÍCULO 4° De forma.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil diecinueve.-