Ordenanza Nº 2629/19 – Garantizar el transporte de alumnos de Los Cardales a la Escuela Técnica de Parada Robles

Ordenanza Nº 2629/19 – Garantizar el transporte de alumnos de Los Cardales a la Escuela Técnica de Parada Robles

Corresponde Expediente Nº 4036-729/19-HCD


    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

    
ARTÍCULO 1° 
   El Departamento Ejecutivo Municipal deberá garantizar, con recursos propios o mediante la contratación de un tercero, el servicio de transporte de aquellos alumnos de la localidad de Los Cardales que cursen sus estudios actualmente y/o a futuro en la Escuela de Educación Técnica Nº 1 de Parada Robles.-
    
ARTÍCULO 2°    Autorícese al Departamento Ejecutivo a utilizar los recursos del Fondo Educativo remitidos anualmente por el Gobierno Nacional para la implementación del presente transporte.-
    
ARTÍCULO 3°    Crease en el Presupuesto Municipal del año próximo la  partida presupuestaria correspondiente a fin de cubrir la aplicación de la presente ordenanza.-
    
ARTÍCULO 4°    El transporte dispuesto por la presente ordenanza deberá entrar en vigencia a partir del ciclo lectivo 2020.-
    
ARTÍCULO 5°    El Departamento Ejecutivo deberá reglamentar la presente en un plazo de 20 días hábiles, determinando el lugar de partida y retorno así como los horarios de funcionamiento del mismo, consultando en cuanto sea pertinente a las autoridades de la Escuela Técnica, los padres y alumnos alcanzados por la presente.-
    
ARTÍCULO 6°    El Municipio deberá contar con la autorización correspondiente de la Dirección General de Cultura y Educación para el cumplimiento de la presente Ordenanza.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil diecinueve.-

    Registrado como Ordenanza N° 2629/19.-    

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