Ordenanza Nº 2623/19 – Declarando como Comunidad de Artistas a la zona comprendida por el Corredor Nacional de la Ruta N° 8

Ordenanza Nº 2623/19 – Declarando como Comunidad de Artistas a la zona comprendida por el Corredor Nacional de la Ruta N° 8

 Corresponde Expediente Nº 4036-750/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

    
ARTÍCULO 1°    Declárese como Comunidad de Artistas a la zona comprendida por la localidad de Parada Robles y el Barrio Parque Sakura (kilómetro 65 hasta el kilómetro 90 de la Ruta Nacional N° 8).-
    
ARTÍCULO 2° 
   Colóquese en el acceso de cada barrio comprendido en el artículo 1° señalectica, tal como se encuentra adjunta en el presente expediente.-
    
ARTÍCULO 3°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil diecinueve.-

    Registrado como Ordenanza N° 2623/19.-    

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