El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° Otorgase a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, excepción al Código de Zonificación por el término de un año (1 año) al Señor MACIAS CARLOS OSVALDO, titular del D.N.I. Nº 21.730.810 para la instalación de un comercio, sito en la calle Esteban Echeverría entre Larreta y Bartolomé Mitre del Barrio Parque Sakura de Exaltación de la Cruz, rubro “Venta de Materiales de Construcción Tipo I”, en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción Tercera, Sección Q, Manzana 62 Parcela 2.-
ARTÍCULO 2° De forma.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, al día uno del mes de octubre de dos mil diecinueve.-