El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a la Condonación de la deuda por la Tasa de Servicios Generales del inmueble ubicado en la calle Bolivia 676 Barrio San José de Capilla del Señor, inmueble designado catastralmente como Circunscripción: 2 Sección: C Manzana 13-C Parcela:15, Partida Inmobiliaria N° 031-16.838 del Partido de Exaltación de la Cruz, desde la cuota 1° del año 2011 hasta la cuota 2° del ejercicio 2019, a favor del contribuyente CLARA VICENTA BENITEZ, Titular del DNI N° 11.928.042.-
ARTÍCULO 2° Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a la Condonación de la deuda por la Tasa de Servicios Sanitarios del inmueble identificado en el Artículo Primero, desde la cuota 1° del año 2016 hasta la cuota 2° del ejercicio 2019, a favor del contribuyente CLARA VICENTA BENITEZ, Titular del DNI N° 11.928.042.-
ARTÍCULO 3° Otorgase, durante el resto del Ejercicio 2019, la exención de las Tasas de Servicios Generales y Sanitarios a favor de la contribuyente del artículo anterior y sobre el mismo inmueble, las que serán renovables anualmente mientras subsistan los presupuestos de hecho por los que se dispuso el otorgamiento.-
ARTÍCULO 4° De forma.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, al día uno del mes de octubre de dos mil diecinueve.-