El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° Realícese dos dársenas para colectivos, con medidas según la legislación vigente, sobre la calle Moreno (entre San Martín y Alsina) y la calle Colon (entre Alsina y Suipacha) de la localidad de Los Cardales.-
ARTÍCULO 2° Realícese el corrido correspondiente de los postes de luminarias.-
ARTÍCULO 3° Articular los medios necesarios para extraer y colocar los postes de tendido eléctrico de la zona proyectada.-
ARTÍCULO 4° Realícese dos refugios de colectivos a la vera de los sitios mencionados en el artículo 1°.-
ARTÍCULO 5° Extracción de4 árboles para realizar la obra proyectada y reposición de los mismos en un sitio cercano a la misma.-
ARTÍCULO 6° De forma.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinte días del mes de agosto de dos mil diecinueve.-