Ordenanza Nº 2594/19 – Mujeres en emergencia

Ordenanza Nº 2594/19 – Mujeres en emergencia

 Corresponde Expediente Nº 4036-698/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Declarar la emergencia en materia de violencia de género en el Partido de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 2°    Fomentar el respeto de los derechos que posee la mujer.-
    
ARTÍCULO 3°    Crear en el ámbito del espacio donde se resguarde la integridad de las victimas, talleres de oficios a los fines de la independencia económica de las mismas, articulando con las áreas del municipio correspondientes para la tarea afín.-
    
ARTÍCULO 4°    Instruir a la mujer en el conocimiento de los derechos que posee y los mecanismos que se encuentran a disposición ante un eventual episodio de violencia de género.
    
ARTÍCULO 5°    Implementar en el largo plazo un refugio que pueda alojar a las víctimas, a los efectos de monitorear situaciones y episodios de violencia de genero.-
    
ARTÍCULO 6°    Contribuir a la difusión de campañas sobre la violencia de género.-
    
ATRIBUCIONES AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO. AUTORIDAD DE APLICACIÓN.

ARTÍCULO 7°    El Departamento Ejecutivo deberá ejecutar durante el plazo de tres (3) meses una campaña pública para informar sobre la declaración de emergencia de violencia de género en el Partido de Exaltación de la Cruz.-
    
SANCIONES

ARTÍCULO 8°    El eventual incumplimiento de esta Ordenanza llevara consigo las actuaciones correspondientes ante los órganos estatales intervinientes.-
    
ARTÍCULO 9°    Comuníquese, regístrese, publíquese, achívese.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinte días del mes de agosto de dos mil diecinueve.-
    

    Registrado como Ordenanza N° 2594/19.-    

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