Ordenanza Nº 2591/19 – Calle Bolivar

Ordenanza Nº 2591/19 – Calle Bolivar

 Corresponde Expediente Nº 4036-693/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Colóquese al inicio de la Calle Bolívar esquina con Calle Rivadavia sobre numeración par  un cartel de PROHIBIDO ESTACIONAR y otro al inicio de Calle José Sosa y Bolívar mano par.-
    
ARTÍCULO 2°    Demárquese  el cordón de la Calle Bolívar numeración par  con pintu-ra amarilla desde Rivadavia y hasta José Sosa amparados bajo la LEY de Tránsito y Transporte de la Provincia de Buenos Aires y sus modi-ficaciones dónde expresa claramente de que  “los cordones  pintados de color amarillo indican la prohibición de estacionar durante las vein-ticuatro (24) horas.-
    
ARTÍCULO 3°    Demárquese 20 mts del cordón de la Calle Bolívar mano numeración impar desde esquina Rivadavia, de color rojo que indica la prohibición de estacionar y detenerse durante las veinticuatro (24) horas.-
    
ARTÍCULO 4°    Demárquese 20 mts. del cordón de la Calle Bolívar mano numeración impar desde esquina José Sosa de color rojo que indica la PROHIBICIÓN de estacionar y detenerse durante las 24 hs.-
    
ARTÍCULO 5°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los seis días del mes de agosto de dos mil diecinueve.-

    Registrado como Ordenanza N° 2591/19.-    

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