El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° Modificase el sentido de circulación de la Calle General Rodríguez entre la intersección de las calles Matheu y Lujan, del Barrio San José de Tala de la localidad de Los Cardales, la que tendrá único sentido de circulación ( Sudeste / Noroeste), con estacionamiento lado derecho de la misma, quedando prohibido la circulación de tránsito pesado por la misma.-
ARTÍCULO 2° Prohíbase la circulación vehicular y estacionamiento permanente entre ambos lados de la acera, de la calle Libertad entre Fleming y General Belgrano, de la localidad de Los Cardales.-
ARTÍCULO 3° Exceptuase de lo dispuesto en el artículo anterior a los titulares de los inmuebles linderos al Jardín N° 902 “Amadeo Florentino Goñi”, quienes tendrán acceso por la intersección de las calles Libertad y Fleming.-
ARTÍCULO 4° Establécese sentido único de circulación a las calles Amadeo Goñi y Sucre de la Localidad de Los Cardales, la primera con sentido a calle Fleming, la segunda con sentido a calle General Belgrano.-
ARTÍCULO 5° El Departamento Ejecutivo queda autorizado a reglamentar todo aspecto no previsto en la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 6° De forma.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los once días del mes de junio de dos mil diecinueve.-