El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° Transfiérase a título gratuito los bienes inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción IV – Sección F – Manzana 7 – Parcela 2a, Partida Inmobiliaria 10047; Circunscripción IV – Sección F – Manzana 21 – Parcela 10a, Partida Inmobiliaria 10114; Circunscripción IV – Sección F – Manzana 31 – Parcela 13a, Partida Inmobiliaria 10181; Circunscripción IV – Sección F – Manzana 32, Parcela 7a, Partida Inmobiliaria 10186; Circunscripción IV – Sección F – Manzana 32, Parcela 10a; Partida Inmobiliaria 10189, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Decretos 694/15 y 695/15.-
ARTÍCULO 2° Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las transferencias descriptas en el art. 1º de la presente, a favor de quién acredite el derecho a la misma, de acuerdo a la naturaleza del hecho que detente.-
ARTÍCULO 3° Solicitar la intervención de la Escribanía General de Gobierno Provincial, en los casos que corresponda.-
ARTÍCULO 4° Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los siete días del mes de mayo de dos mil diecinueve.-