Ordenanza Nº 2559/19 – Arboles de la memoria

Ordenanza Nº 2559/19 – Arboles de la memoria

Corresponde Expediente Nº 4036-640/19-HCD

    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Destínese algún espacio verde en Exaltación de la Cruz que el Departamento Ejecutivo Municipal considere conveniente para la Creación del Bosque o Parque de la Memoria. Llévese a cabo la plantación de árboles autóctonos u otros que se consideren adecuados, en distintos sectores del Bosque o Parque, en conmemoración a las víctimas del terrorismo de estado en nuestro distrito. También podrán plantarse Árboles de la Memoria en conmemoración de próceres, patriotas y /o personalidades de la política Argentina que la comunidad decida homenajear.-
    
ARTÍCULO 2°  
 Autorícese a la Comisión de Derechos Humanos y Memoria, con integrantes del Concejo Deliberante, Estado Municipal y asociaciones intermedias de Exaltación de la Cruz, cuya función es organizar este tipo de homenajes y otras políticas públicas relacionadas con la temática, a la planificación de dicho espacio con las correspondientes áreas municipales.-
    
ARTÍCULO 3°    Colóquese el 10 de Diciembre de 2019, en el marco de el Día de la Democracia, establecido a través de la Ley 26.323 del año 2007 (en recordación de la asunción del ex presidente Raúl Alfonsín, cuando se restituyó en la Argentina el régimen democrático y el Estado de Derecho) el primer árbol de la Memoria en el sitio de Exaltación de la Cruz donde el Departamento Ejecutivo Municipal junto a la Comisión de Derechos Humanos y Memoria municipal, considere apropiado.-
    
ARTÍCULO 4°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los nueve días del mes de abril de dos mil diecinueve.-

Registrado como Ordenanza N° 2559/19.-    

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