El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° Prorróguese, a partir del 1 de Enero de 2019, por el termino de 6 (seis) meses y renuévese automáticamente, hasta que el Departamento Ejecutivo Municipal regularice una transporte público mediante previo aviso a este Honorable Concejo Deliberante, la Emergencia en materia de transporte de pasajeros en las localidades de Arroyo de la Cruz y Diego Gaynor.-
ARTÍCULO 2° De forma.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los seis días del mes de noviembre de dos mil dieciocho.-