Ordenanza Nº 2506/18 – Ordenanza Creación de boxes de estacionamiento para personas con discapacidad motriz

Ordenanza Nº 2506/18 – Ordenanza Creación de boxes de estacionamiento para personas con discapacidad motriz

 Corresponde Expediente Nº 4036-507/18-HCD


    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Ordénese al Departamento Ejecutivo a demarcar y señalizar el estacionamiento sobre mano habilitada por norma de tránsito para personas con discapacidad motriz en las direcciones que se detallan a continuación.
A)- Banco de la Nación Argentina sito en calle Esteban Urcelay de Capilla del Señor a la menor distancia del acceso al mismo.
B)- Banco Provincia de Buenos Aires sobre calle Mateo S. Casco de Capilla del Señor a la menor distancia del acceso al mismo.
C)- Registro del Automotor sito en las calles Moreno y Belgrano de Capilla del Señor a la menor distancia del acceso al mismo.
D)- Banco Provincia de Buenos Aires de la localidad de los Cardales frente al acceso al mismo.-
    
ARTÍCULO 2°    DE LOS BOXES DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
Autorícese el estacionamiento libre y gratuito en los boxes reservados a personas con discapacidad establecidos en el Partido de Exaltación de la Cruz, únicamente a quienes posean discapacidad motriz. A sus efectos, deberán exhibir el permiso que acredite su condición.-
    
ARTÍCULO 3°    La Dirección de Tránsito realizará las tareas de demarcación del box conforme a las medidas reglamentarias y la instalación del cartel identificatorio.-
    
ARTÍCULO 4°    De forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los catorce días del mes de agosto de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2506/18.-    

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