Ordenanza Nº 2505/18 – Ordenanza Eximición del pago de la tasa de servicios generales y sanitarios a ex combatientes de malvinas

Ordenanza Nº 2505/18 – Ordenanza Eximición del pago de la tasa de servicios generales y sanitarios a ex combatientes de malvinas

 Corresponde Expediente Nº 4036-497/18-HCD


    El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    Exímase de la tasa de Servicios Generales y Servicios Sanitarios (agua cloacas) a aquellos Ex Combatientes de Malvinas que posean constancia, certificado o comprobante que avalen su condición, domiciliados en el Partido de Exaltación de la Cruz con permanencia en el distrito mayor a 10 años.-
    
ARTÍCULO 2°    La exención de la tasa de Servicios Generales y Servicios Sanitarios (agua, cloacas) procederá únicamente por el que destinen a vivienda permanente sin límite de valuación fiscal.-
    
ARTÍCULO 3°    De Forma.-
    

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los catorce días del mes de agosto de dos mil dieciocho.-

Registrado bajo el Nº 2505/18.-    

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