El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTICULO 1° Declarase, desde la aprobación de la presente hasta la finalización del ejercicio 2018, la emergencia en materia de Transporte Público en las localidades de Arroyo de la Cruz y Diego Gaynor.-
ARTICULO 2° Autorícese al Ejecutivo Municipal a subsidiar, con la partida presupuestaria correspondiente, un transporte privado para que brinde servicios en los barrios mencionados, incorporando los actuales servicios inexistentes, durante el tiempo de la emergencia.-
ARTICULO 3° Crease las paradas de colectivos necesarias tanto en el barrio Diego Gaynor como en Arroyo de la Cruz.-
ARTICULO 4° Autorícese al Departamento Ejecutivo a realizar distintos convenios y/o acuerdos con transporte privado que permitan aplicar el servicio necesario de transporte para esos barrios a partir de la declaración de esta emergencia.-
ARTICULO 5° De forma.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho.-