El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° Modificase el artículo 16° de la Ordenanza 2464/2017 el que quedara redactado de la siguiente manera:
Establécese a partir de la sanción de la presente, para todo el personal municipal con y sin estabilidad laboral el pago de una bonificación mensual por antigüedad equivalente al 1% por cada año de servicio prestado a nivel nacional, provincial y/o municipal sobre el sueldo básico.-
ARTÍCULO 2° De forma.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los tres días del mes de julio de dos mil dieciocho.-