El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción 2- Sección J Quinta 11- Parcela 15, unidad funcional 1, según PH 21-2-2001 Pda. Inmobiliaria 9737, Matrícula 1941 del partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-39820/18. a nombre: Bango Romina Yanel.-
ARTÍCULO 2° Requiérase la Intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines del otorgamiento de la Escribanía Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere el Artículo anterior.-
ARTÍCULO 3° Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los cinco días del mes de junio de dos mil dieciocho.-