El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Desaféctase del dominio público a los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción II, Sección F, Manzana 136, Parcela 6 y Manzana 137, Parcela 2, ubicados en el Bº denominado “Esperanza”.-
Artículo 2°: Aféctase a la construcción de un Salón de Usos Comunitarios y un Centro Asistencial para la Salud, los inmuebles indicados en el Art. 1º de la presente respectivamente.-
Artículo 3°: Derógase la Ordenanza Nº 041/07.-
Artículo 4°: Comuníquese al D.E. a sus efectos.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de Noviembre de dos mil siete.-
Registrada Bajo el N° 093/07.-