Ordenanza Nº 2442/17 – Escrituración pfp Los Cardales

Ordenanza Nº 2442/17 – Escrituración pfp Los Cardales

Corresponde Expediente N° 4036-400/17-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

 
Artículo 1°: Autorizase la Escrituración de las Parcelas, del PLAN FAMILIA PROPIETARIA, a favor de los beneficiarios que se detallan en el Anexo I de la presente Ordenanza.-

Artículo 2°: En la Escritura traslativa de dominio, deberá constar que “El beneficiario, no podrá transferir, permutar, ceder y/o vender, el lote por el termino de cinco (5)años, contados a partir de la fecha de firma de la respectiva Escritura, bajo condición resolutoria, comprometiéndose el adjudicatario a destinarlo a Vivienda única, y de ocupación permanente; el incumplimiento a lo dispuesto dará derecho a la revocación del dominio.-

Artículo 3° Declárese de Interés Social en los término del Artículo 4° inc. d de la Ley Provincial N° 10.830, la Escrituración de venta de los lotes a favor de los beneficiarios, a que se hacen referencia en el Anexo I , procediéndose a la misma por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 4° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinticuatro días del mes de Octubre de dos mil diecisiete.-

Registrado bajo el N° 2442/17

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