Ordenanza N° 2437/17 – Aceptación donacion lotes y cesion de derechos

Ordenanza N° 2437/17 – Aceptación donacion lotes y cesion de derechos

Corresponde Expediente N° 4036-380/17-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Aceptase la donación y Cesión de Derechos Hereditarios de ocho (8) lotes de terreno, ubicados en el partido de Exaltación de la Cruz, que forman parte del plano 31-57-49, catastrados como: Circunscripción II, Sección Q, Manzana 48, parcelas 1, 19,23,24,28, 29 y 30, y Manzana 62, Parcela 10, Ordenes N° 6288, 6304, 6308, 6309, 6313, 6314, 6315, y 6338, respectivamente, cuyo ofrecimiento tramita mediante los Expedientes Administrativos N° 4036-17302/2005 y 4036-36810/2017.-

ARTÍCULO 2°
Condonase la deuda que en concepto de Tasa de Servicios Generales, adeudan las parcelas catastradas como: Circunscripción II, Sección Q, Manzana 48, Parcelas 1,3,5, 19, 23,24,28,29,30, Manzana 62, Parcelas 7, 8, 10, 11, 12, 13, 19, 23, 24; Manzana 63, Parcelas 2, 5, 8, 9, 10, 11, 15, 17, 18 y 19; y los que su titularidad correspondan al Contribuyente N° 755, sus herederos y/o sucesores, hasta la cuota 4 del año 2017 inclusive. El DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, deberá tramitar la condonación del Impuesto Inmobiliario de los inmuebles cedidos.-

ARTÍCULO 3° La Condonación dispuesta en el Artículo anterior, queda sujeta al efectivo traspaso de los Inmuebles Cedidos a la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, o a los beneficiarios que esta indique.-

ARTÍCULO 4°
EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, otorgara 4 lotes a familias con carencias habitacionales, que reúnan los requisitos establecidos para la adjudicación, 3 lotes a familias de Empleados Municipales, y un lote para compensar calle pública que circunda las parcelas catastradas como Circunscripción II, Sección R, Manzana 67, Parcelas 9 a 14.-

ARTÍCULO 5° Declarese de Interes Social la Escrituración de los Inmuebles Cedidos y Solicitase la Intervención de la ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a esos efectos.-

ARTÍCULO 6° Facultase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a realizar la instrumentación legal, para tomar posesión y Escrituración de los Inmuebles cedidos.-

ARTÍCULO 7° Dergogase la Ordenanza N° 110/2005.-

ARTÍCULO 8° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los doce días del mes de Septiembre de dos mil diecisiete.-

Registrado bajo el N° 2437/17

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