El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1° Modificase el Artículo 5° de la Ordenanza N° 2420/2017, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 5°: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de rea-lizar la transferencia de dominio.-
ARTÍCULO 2° Agregase como Artículo 6° de la Ordenanza N° 2420/17, el siguien-te:
Artículo 6°: Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamen-to Ejecutivo Municipal y Archívese.-
ARTÍCULO 3° Autorizase a realizar el Texto Ordenado de la Ordenanza N° 2420/2017
ARTÍCULO 4° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los quince días del mes de Agosto de dos mil diecisiete.-