Ordenanza Nº 2429/17 – modif. Ordenanza N° 2352-16

Ordenanza Nº 2429/17 – modif. Ordenanza N° 2352-16

Corresponde Expediente N° 4036-368/17-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Modificase el Artículo 1° de la Ordenanza N° 2352/2016, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1°: Créese el Pro-grama de Planificación y Orientación Vocacional dependiente de la Oficina de Capacitación e Inserción Laboral (OCIL), en articulación con Educación del Distrito de Exaltación de la Cruz.

ARTÍCULO 2° Modificase el Artículo 3° de la Ordenanza N° 2352/2016, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 3°: Los destinatarios del Programa serán los inscriptos en las búsquedas laborales entre 18 y 25 años, así como también los alumnos de 5º y 6º año del nivel secundario de las Escuelas del distrito.-

ARTÍCULO 3° Modificase el Artículo 4° de la Ordenanza N° 2352/2016, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 4°: El objetivo es acompañar a los jóvenes en su proceso de selección y planificación del futuro inmediato mientras culminan su etapa escolar y  luego de finalizada la misma.-

ARTÍCULO 4° Modificase el Artículo 8° de la Ordenanza N° 2352/2016, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 8°: La Secretaría de Desarrollo Humano y Social a través de la Oficina de Capacitación e Inserción Laboral (OCIL), orientará y preparará a los inscriptos en búsquedas laborales, entre 18 y 25 años, que hayan culminado, o no hubiesen concluido su escolaridad secundaria en la formación de habilidades y/o oficios para que puedan acceder a un empleo y sostenerse en el mismo.-

ARTÍCULO 5° Modificase el Artículo 11° de la Ordenanza N° 2352/2016, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 11°: Los ejecutores directos del Programa deberán ser profesionales, con el título de Licenciados en Psicología, quienes ofrecerán soporte y supervisión en los talleres grupales, entrevistas individuales y responderán a la demanda de técnicas especificas de orientación vocacional en caso de ser necesarias.-

ARTÍCULO 6° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los quince días del mes de Agosto de dos mil diecisiete.-

Registrado bajo el N° 2429/17

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