Ordenanza Nº 2428/17 – Cambio de Sentido de Circulación Capilla del Señor

Ordenanza Nº 2428/17 – Cambio de Sentido de Circulación Capilla del Señor

Corresponde Expediente N° 4036-364/17-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1° Modifíquese y establézcase el Cambio de Sentido de Circulación de las calles de Capilla del Señor que a continuación se detallan:

1. Agustín Petrucelli: mano única desde San Martín hasta Es-teban Urcelay.
2. San Martín: desde Almte. Irizar, mano única hasta Mateo S. Casco.
3. San Martín desde Almte Irizar, doble sentido de circulación hasta 25 de Mayo de Norte.-
4. España, doble sentido de circulación desde Rivadavia, has-ta Alsina. (RED DE TRANSITO PESADO)
5. Almte. Irizar, mano única desde San Martín, hasta su inter-sección con Martín Fierro.
6. Calle Rolon, mano única desde 25 de Mayo hasta San Mar-tín.
7. Calle Diego Gaynor, mano única desde Estaban Urcelay hasta Intendente Luís Maria Migliaro.
8. Calle Parada Robles, mano única desde San Martín hasta Esteban Urcelay.
9. Calle Los Cardales, mano única desde Esteban Urcelay hasta Intendente Luís María Migliaro.
10. Intendente Luís Maria Migliaro mano única desde Almte. Irizar, hasta 25 de Mayo de Norte.
11. Calle Juana Azurduy, mano única desde Rolón hasta 25 de Mayo Norte.
12. Calle Güemes, mano única desde Juana Azurduy, hasta Rolon.
13. España: mano única desde Mateo S. Casco hasta Rivada-via
14. B. Mitre: mano única desde Mateo S. Casco hasta Alsina
15. Balcarce: mano única desde Alsina hasta Mateo S. Casco
16. Balcarce: doble sentido de circulación desde Alsina hasta el Puente Viejo
17. Ameghino: mano única desde Mateo S. Casco hasta A. Pe-trucelli.
18. E. Urcelay: mano única desde A. Petrucelli hasta Mateo S. Casco
19. Belgrano: mano única desde José S. Sosa hasta Mateo S. Casco
20. H. Irigoyen: mano única desde Mateo S. Casco hasta 25 de Mayo Norte
21. Bolívar: mano única desde Mateo S. Casco hasta Rivadavia
22. Bolívar: doble sentido de circulación desde Rivadavia hasta José S. Sosa
23. 14 de Septiembre: mano única desde 25 de Mayo Norte hasta Mateo S. Casco
24. Pje. Necochea: mano única desde Moreno hasta Mateo S. Casco
25. Lavalle Sur: doble sentido de circulación
26. Lavalle Norte: doble sentido de circulación
27. 25 de Mayo Norte: (RED DE TRANSITO PESADO) doble sentido de circulación desde Mateo S. Casco hasta San Martín.
28. 25 de Mayo Sur: doble sentido de circulación desde  Mateo S. Casco hasta Rivadavia  (RED DE TRANSITO PESADO)
29. Martín Fierro: doble sentido de circulación desde 2 de Abril hasta camino vecinal a D. Gaynor.-
30. Alsina: doble sentido de circulación desde Rauch hasta Balcarce
31. Alsina: mano única desde Bartolomé Mitre hasta Balcarce
32. Carlos Gardel: doble sentido de circulación en toda su tra-za.-
33. José S. Sosa: doble sentido de circulación desde Libertad hasta Bolívar
34. B. Rivadavia: (RED DE TRANSITO PESADO) doble senti-do de circulación desde Independencia hasta España
35. B. Rivadavia: mano única desde España hasta Bolívar
36. B. Rivadavia: (RED DE TRANSITO PESADO) doble senti-do de circulación desde Bolívar hasta 25 de Mayo Sur
37. Moreno. Mano única desde Lavalle Sur hasta Independen-cia
38. Mateo S. Casco: mano única desde Independencia hasta Lavalle Norte / Sur
39. J.M. Estrada: (RED DE TRANSITO PESADO) doble senti-do de circulación desde José Hernández hasta 25 de Mayo Norte.-
40. Estrada: mano única desde 25 de Mayo Norte hasta Consti-tución
41. L. N. Alem: doble sentido de circulación desde San Martín hasta Constitución
42. L. N. Alem: mano única desde San Martín hasta 25 de Ma-yo Norte
43. Padre Fahy: mano única desde 25 de Mayo Norte hasta Paseo Las Tipas
44. A. Petrucelli: doble sentido de circulación desde Martín Fierro hasta E. Urcelay
45. Bermúdez: mano única desde Dr. Bravo hasta Terrarosa
46. Bermúdez: doble sentido de circulación entre E. Urcelay y Terrarosa
47. Terrarosa: Mano única desde Bermúdez hasta Sambucetti
48. Sánchez Sambucetti: mano única desde Terrarosa hasta Dr. Bravo
49. Sánchez Sambucetti: doble sentido de circulación, desde Dr. Terrarosa hasta Esteban Urcelay.-
50. Dr. Bravo: mano única desde 25 de Mayo Norte hasta Bermúdez
51. Laprida: doble sentido de circulación en toda su traza
52. José Hernández: doble sentido de circulación desde Ca-mino Vecinal hasta Martín Fierro
53. Favaloro: doble sentido de circulación desde Irizar hasta Martín Fierro
54. González: doble sentido de circulación desde Favaloro has-ta Martín Fierro
55. Martín Fierro doble sentido de circulación en toda su traza.
56. 20 de Junio doble sentido de circulación en toda su traza.
57. 17 de Agosto doble sentido de circulación en toda su traza
58. 2 de Abril doble sentido de circulación en toda su traza
59. Rauch: doble sentido de circulación desde planta depura-dora hasta Mateo S. Casco, Habilitando el estacionamiento solo sobre mano impar.
60. Rojo: desde Mateo S. Casco hasta Alte. Irizar doble sentido de circulación (RED DE TRANSITO PESADO desde Alte. Irizar hasta el ingreso a Planta Tres Arroyos).
61. 10 de Julio mano única desde L.N. Alem hasta Mateo S. Casco
62. Soldado Malvinense: mano única desde Mateo S. Casco hasta José. S. Sosa
63. Cjal. Lazzaro: mano única desde José S. Sosa hasta Mateo S. Casco
64. Constitución: mano única desde Mateo S. Casco hasta L. N. Alem
65. Libertad: mano única desde Mateo S. Casco hasta José S. Sosa.-
66. Carlos Léeme: doble sentido de circulación desde 10 de Ju-lio hasta Constitución.-
67. Independencia: (RED DE TRANSITO PESADO) doble sen-tido de circulación en toda su traza.-
68. Alte. Irizar: doble sentido de circulación desde San Martín hasta su vinculación con Ruta Provincial 193
69. J.F. Kennedy: mano única desde Alte. Irizar hasta Los Cardales
70. Rojo: mano única desde Los Cardales hasta Alte. Irizar
71. Los Cardales: mano única desde J.F. Kennedy hasta Rojo
72. Parada Robles: mano única desde J.F. Kennedy hasta Rojo
73. Diego Gaynor: mano única desde Rojo hasta Mendoza
74. Rolón: mano única desde Chubut hasta Rojo
75. Rolón: doble sentido de circulación desde Chubut hasta Córdoba
76. J. Constantini: doble sentido de circulación desde Alte. Iri-zar hasta Camino Vecinal a La Lata / Habilitando el esta-cionamiento solo sobre mano impar.
77. Parada Robles: mano única desde Córdoba hasta J. Cons-tantini
78. Los Cardales: mano única desde Exaltación hasta Córdoba
79. Pavón: mano única desde Córdoba hasta Arroyo de la Cruz
80. La Lata: doble sentido de circulación desde Arroyo de la Cruz hasta Córdoba Habilitando el estacionamiento solo sobre mano impar.
81. Arroyo de la Cruz: doble sentido de circulación desde Pa-vón hasta Etchegoyen
82. Etchegoyen: doble sentido de circulación desde San Martín hasta limite rural
83. Andonaegui: doble sentido de circulación desde J. Cons-tantini hasta limite rural
84. Marciano Montalvo: mano única desde Alte. Irizar hasta Parada Robles
85. Exaltación: mano única desde Pavón hasta Rolón
86. Exaltación: doble sentido de circulación desde Pavón hasta La Lata.-
87. San Juan: mano única desde Rolón hasta La Lata
88. Chubut: mano única desde La Lata hasta Rolón
89. Mendoza: mano única desde Rolón hasta La Lata
90. Córdoba: doble sentido de circulación desde Rolón hasta La Lata.-
91. Diego Gaynor mano única desde J. Constantini hasta Men-doza
92. Arroyo de la Cruz doble sentido de circulación desde Et-chegoyen hasta Pavón.-
93. Monteagudo mano única desde Intendente Luís M. Miglia-ro hasta San Martín.-

ARTÍCULO 2° Establézcase a la Calle Esteban Urcelay entre las Calles Agustín Petrucelli y 25 de Mayo Norte doble sentido de circulación; permi-tiéndose entre las Calles Almte. Irizar y Agustín Petrucelli, Esta-cionar en ambos sentidos, solamente sobre la mano impar.-

ARTÍCULO 3° En todos los casos que figura mano única, se deberá interpretar que “desde calle, hasta calle,”  el sentido en que se debe circular.-  
ARTÍCULO 4° Establézcase en la Calle Agustín Petrucelli, entre su intersección de San Martín y Esteban Urcelay, estacionamiento a 45 grados sobre mano par, realizándose el mismo en reversa.-

ARTÍCULO 5° Establézcase estacionamiento a 45 grados sobre las calles Rivada-via entre Mitre y Belgrano, Belgrano entre Rivadavia y Moreno y Moreno entre Belgrano y Mitre, realizándose el mismo en reversa.-
En las calles Rivadavia entre Bolívar y 25 de Mayo se permite es-tacionar en ambos sentidos solamente de la mano par.
En la calle José S. Sosa entre Bolívar y España se permite estacio-nar en ambos sentidos solamente de la mano par.
En la calle Estrada entre vías del FF.CC. Urquiza y 25 de Mayo se permite estacionar en ambos sentidos solamente de la mano par.
En la calle Rauch desde la planta depuradora hasta Mateo S. Cas-co y su continuación con denominación calle Rojo se permite esta-cionar en ambos sentidos solamente de la mano impar.
En la calle 25 de Mayo desde Rivadavia hasta San Martín se per-mite estacionar en ambos sentidos solamente de la mano impar.
En calle Lavalle norte y sur se permite estacionar en ambos senti-dos solamente de la mano impar.-
En la calle Bolívar entre Rivadavia y José S. Sosa, se permite esta-cionar sobre mano impar.-
En la calle A. Petrucelli, entre Esteban Urcelay, y Martín Fierro, se permite estacionar en ambos sentidos solamente sobre la mano impar.-
En la calle San Martín, desde Irizar hasta 25 de Mayo Norte, se permite estacionar en ambos sentidos, solamente sobre la mano par.-

ARTÍCULO 6° Establézcase que en las calles de mano única de circulación se de-berá estacionar sobre mano derecha, salvo indicación en contrario.-

ARTÍCULO 7° Establézcase en la calle Bme. Mitre entre Moreno y Rivadavia, estacionamiento sobre mano izquierda, prohibiéndose realizarlo sobre la mano derecha.-

ARTÍCULO 8° Establézcase en la calle Bermúdez entre Dr. Bravo y Dr. Terrarosa, estacionamiento sobre mano izquierda, prohibiéndose realizarlo sobre la mano derecha.-

ARTÍCULO 9° Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICI-PAL, a través de la Dirección de Seguridad Vial, a determinar lugares de Estacionamiento Reservado para Autoridades Munici-pales frente al Palacio Municipal.-

ARTÍCULO 10° Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICI-PAL, a través de la Dirección de Seguridad Vial, a determinar lugares de Estacionamiento Reservado, frente a Edificios depen-dientes del Poder Judicial.-

ARTÍCULO 11° Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICI-PAL, a fijar los lugares de detención y Estacionamiento para Dis-capacitados frente a Edificios Públicos, tanto Nacionales, Provin-ciales y/o Municipales.-

ARTÍCULO 12° Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICI-PAL, que a través de la DIRECCIÓN DE SEGURIDAD VIAL, proceda a la señalización correspondiente, en todas las ar-terias.-

ARTÍCULO 13° Autorizase a la DIRECCIÓN DE SEGURIDAD VIAL, a reali-zar una campaña informativa con el fin de concientizar y dar a conocer los cambios dispuestos en la presente.-

ARTÍCULO 14° EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, tendrá un plazo de 120 días a partir de la promulgación de la presente para efectuar los cambios correspondientes.-

ARTÍCULO 15° Derogase las Ordenanzas Municipales N° 077/84, 029/2001,026/2002, 077/2009, 029/2013 y 032/2013.-

ARTÍCULO 16° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los un días del mes de Agosto de dos mil diecisiete.-

Registrado bajo el N° 2428/17

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