El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1° Autorizase a la MUNICIPALIDAD DE EXALTACION DE LA CRUZ, a ADHERIR al CONSORCIO DE GESTIÓN Y DESARROLLO REGIÓN NORTE 2 (RN2), el cual tiene su marco jurídico por las Leyes Provinciales N° 13580 y 14900 de Creación del mencionado Consorcio.-
ARTÍCULO 2° El Consorcio mencionado se encuentra conformado por los Munici-pios de Escobar, Tigre, San Fernando, Malvinas Argentinas, Pilar y Campana
ARTÍCULO 3° Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL. A suscribir las Actas de Adhesión y demás documentos que traten sobre la conformación del mismo, en el marco de la Ley Provincial N° 14900 .-
ARTÍCULO 4° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los un días del mes de Agosto de dos mil diecisiete.-