Boletin Oficial – Septiembre 2016

Boletin Oficial – Septiembre 2016

MUNICIPALIDAD
DE EXALTACION DE LA CRUZ

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional


Autoridades: 

Intendente Municipal:
Dn. Adrían Daniel SANCHEZ

Secretario de Coordinación General y Planificación
Sr. Guillermo Cesar FLORES

Secretario de Gobierno
Dn. Diego NANNI

Secretario de Economía, Administración e Ingresos Públicos
Lic. Pablo Armando ARRIGHI

Secretario de Obras, Servicios y Espacios Públicos
Ing. Gustavo Fabián CANDIA

Secretaria de Salud y Calidad de Vida
Dr. Vicente Enrique PAPPI

Secretaria de Seguridad
Sr. Juan Manuel BOUBETA CHEHIN

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ

Presidente
Sr. Martín Federico DAVID
Vicepresidente 1°
Sra. Cjal.
María Luz BOZZANI
Vicepresidente 2°
Sr. Cjal. Sebastián DRAMISSINO
Secretario
Sr. Héctor Emilio COLOMBINI


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°Instáurese al CENTRO DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD (CAPS) de la localidad de Diego Gaynor el nombre de ENFERMERA ANA MARIA SAULINO.-

ARTÍCULO 2°Colóquese Placa con el nombre instaurado en el Artículo 1° de la presente la cual será descubierta en el marco de los Festejos de la localidad de Diego Gaynor.-

ARTÍCULO 3°
Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dos días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2347/16.

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 68, Parcela 24, Partida Inmobiliaria 10421, Matricula 031-245, del Partido de Exaltación de la Cruz, a favor de GONZALEZ SONIA MABEL, Titular del DNI N° 20.460.061, GONZALEZ ADRIAN CESAR, DNI N° 24.027.232 y GONZALEZ CRISTIAN MARTÍN DNI N° 29.505.598, en tramite según Expediente Administrativo N° 4036-34844/16.-

ARTÍCULO 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio, a que se refiere el Artículo Primero de la presente, de acuerdo a lo establecido en el Art. 4°, incisdo d) de la Ley Provincial N° 10.830.-

ARTÍCULO 3° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dos días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2348/16.

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a realizar la Mensura y División del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección E, Quinta 123, Parcela 1, según Plano Característica 31-41-76, generándose de la división las siguientes parcelas 1a,1b, 1c, 9 y 10, según croquis que se adjunta a la presente como Anexo I.-

ARTÍCULO 2° Afectase el inmueble designado como parcela 1ª, según el Anexo I de la presente, a Espacio Verde y Libre Público, el cual será destinado a la construcción de una plaza.-

ARTÍCULO 3° Los inmuebles restantes, resultantes de la división, parcelas 1b,1c, 9  y 10, que se autoriza en el Artículo 1° de la presente, y constan en el Anexo I, mantendrán el carácter de Dominio Privado de la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, los cuales podran ser afectados al bien común del barrio.-

ARTÍCULO 4° Derogase la Ordenanza Municipal N° 046/2013.-

ARTÍCULO 5° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dos días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2349/16.

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Aceptase la Dación ofrecida por el Señor GELMETTI CARLOS JOSÉ AGUSTIN titular del DNI N° 06.075.413, del bien inmueble ubicado en el Barrio denominado “ El Molino Blanco”, designado Catastralmente como: Circunscripción III, Sección P, Quinta 40, Parcela 4, Partida Inmobiliaria 26745, Matricula 031-11060, a favor de la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en concepto de pago de liquidaciones practicadas bajo los N° 8081 y 8082, por un monto total de pesos setenta mil seiscientos setenta y uno con 79/100 ($ 70.671.79) en concepto de Tasas de Servicios Generales, del mencionado bien inmueble.-

ARTÍCULO 2° Derogase la Ordenanza Municipal N° 2326/2016.-

ARTÍCULO 3° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dos días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.-


Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2350/16.

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Chacra 5, Manzana 5b, Parcela 27, Partida Inmobiliaria 15663, del Partido de Exaltación de la Cruz, a favor de GONZALEZ CARLOS LEONARDO, Titular del DNI N° 21.435.542, en tramite según Expediente Administrativo N° 4036-34843/16.-

ARTÍCULO 2°
Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio, a que se refiere el Artículo Primero de la presente, de acuerdo a lo establecido en el Art. 4°, incisdo d) de la Ley Provincial N° 10.830.-

ARTÍCULO 3° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dos días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2351/16.

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Créese el Programa de Orientación Vocacional e Inserción Laboral en el Sistema Educativo del Partido de Exaltación de la Cruz.

ARTÍCULO 2°
En el presente Programa, intervendrán Jefatura de Inspección Distrital, Centro de Formación Profesional N° 402 de Exaltación de la Cruz, dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y por la Municipalidad de Exaltación de la Cruz lo harán: Secretaria de Desarrollo Humano y Social, Oficina de Capacitación e Inserción Laboral; Dirección de Cultura y Educación, y Oficina de Desarrollo Industrial, dependientes de la Secretaria de Gobierno y los profesionales que serán designados a cargo del mismo.-

ARTÍCULO 3°
Los destinatarios del Programa serán los alumnos de 5º y 6º año del nivel secundario de las escuelas del distrito.-

ARTÍCULO 4°
El objetivo es acompañar a los jóvenes en su proceso de selección y planificación del futuro inmediato luego de finalizada la etapa escolar.-

ARTÍCULO 5°
Se acompañará a los jóvenes mediante talleres que les permitirán realizar un proceso de búsqueda personal y definición de sus aspiraciones a futuro. Ya sea, si desean estudiar, aprender un oficio o insertarse laboralmente.-

ARTÍCULO 6°
Se acordará a través de la Jefatura de Inspección Distrital la cesión de los espacios físicos y temporales en el que se realizarán las actividades en cada escuela.-

ARTÍCULO 7°
La Jefatura de Inspección Distrital y la Dirección de Cultura y Educación, funcionarán como nexo entre los ejecutores del Programa y el Centro de Formación Profesional, basándose en las estadísticas ofrecidas por los mismos.-

ARTÍCULO 8°
La Secretaría de Desarrollo Humano y Social será un órgano de  consulta y asesoramiento mediante la participación de las Asistentes Sociales.-

ARTÍCULO 9°: La Oficina de Desarrollo Industrial deberá confeccionar un informe anual de la demanda laboral, en el ámbito de influencia del distrito.

ARTÍCULO 10°
La oficina de Capacitación e Inserción Laboral, participará coordinando sus programas vigentes.

ARTÍCULO 11°
El ejecutor directo será un profesional de la salud mental. quien ofrecerá soporte en los talleres grupales, entrevistas individuales y responderá a la demanda de técnicas especificas de orientación vocacional en caso de ser necesarias.-

ARTÍCULO 12°
Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dieciséis días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.-


Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2352/16.

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Autorízase, por  el término de tres (3) años contados a partir del 1º de  Agosto de 2016, a la  EMPRESA  CABLE  SERVICIO  S.R.L., inscripta Bajo el Número 6275 del  Libro  107, Tomo de SRL, en la  Inspección General  de  Justicia  el   25 / 08 / 97  CUIT   Nº  30-69162145-2   con domicilio social en Avda. Corrientes Nº 848, piso 3º, oficina  “303” de  la Ciudad  Autónoma de  Buenos Aires, a  utilizar  el  espacio  aéreo y subterráneo del Partido de Exaltación  de la Cruz, para  la  instalación, puesta   en   funcionamiento  y  explotación  de  un  sistema  mixto  de circuito cerrado de televisión por Cable e Internet Banda Ancha. –

ARTÍCULO 2° La Autorización conferida en el Artículo 1° de la presente, queda condicionada al Cumplimiento de las Disposiciones Generales establecidas en la Ordenanza Municipal 023/91, y a las Disposiciones que establezca el ENACOM, y a las siguiente cláusulas particulares:
1) Instalación   y   provisión  de   Internet   en   forma   gratuita   a   los  Establecimientos Escolares del  Partido.
2) Cesión en propiedad a favor de la Municipalidad de  Exaltación  de  la Cruz, en forma gratuita y de uso exclusivo, de seis (6) hilos de fibra  óptica  sobre  el  tendido  de fibra óptica.-
3) Provisión de televisión por cable en  forma gratuita al Hospital San
José, a partir de la promulgación de esta ordenanza.-
4) Provisión de Internet Banda ancha y Televisión por cable a los Cuarteles de Bomberos Voluntarios de Exaltación de la Cruz.-

ARTÍCULO 3°
La Autorización conferida en el Artículo 1° de la presente es de carácter intransferible y de uso exclusivo de la Persona Jurídica mencionada.-

ARTÍCULO 4°
El incumplimiento a lo dispuesto en la presente y la Ordenanza Municipal 023/91 y sus normas reglamentarias, dará derecho a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz a revocar la presente concesión.-

ARTÍCULO 5°
Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a Reglamentar los aspectos no previstos en la presente, notificando de la misma al Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz.-

ARTÍCULO 6°
Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dos días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2353/16.

Corresponde Expediente N° 4036-221/16-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Exímase del pago de la Tasa por Libreta Sanitaria y su renovación, en un 100%,  al grupo de trabajadores integrantes del EMPRENDI-MIENTO NOSTROS PANIFICADOS ARTESANALES.-

ARTÍCULO 2° La eximisión a que se hace referencia en el Artículo 1° de la presente, corresponde a los siguientes trabajadores:

Apellido y Nombre

DNI

Navarro Jesús 33.808.297
Figueiredo, Marcos 28.929.698
Mendia Héctor 30.043.176
Díaz Mirta 05.626.359
Noguera María Ayelen 38.215.786
Ortega Aldo 27.116.382
Vera Mario Samuel 40.493.327
Stheitemberger, Graciela 31.916.508
Vera, Emilce 28.942.313
Miranda, Ruben 34.832.207
Coria Emmanuel 44.172.476
De antoni Aldana 26.345.799


ARTÍCULO 3°
Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Mu-nicipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los treinta días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2354/16.

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