El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° Modifíquese el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 2366/16, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
Artículo 1° Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección M, Manzana 31, Parcela 31 Partida Inmobiliaria 6529, Matrícula 10113, del Partido de Exaltación de la Cruz, en tramite por ante Expediente Administrativo N° 4036-35.690/16; a favor de AGUILAR FRENANDO ARIEL.-
ARTÍCULO 2° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diecinueve días del mes de Junio de dos mil diecisiete.-
Héctor Emilio Colombini
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Martín Federico David
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