El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° Autorizase la instalación de la Industria denominada STORAGE COMPAT S.A., en el predio designado catastralmente como: Circunscripción 2, Sección Rural, Parcela 400j, del partido de Exaltación de la Cruz.-
ARTÍCULO 2° La industria a que se hace referencia en el Artículo precedente estará cotegorizada como Categoría Industrial 2.-
ARTÍCULO 3° Estará provista de los servicios de agua potable para consumo humano, agua para consumo industrial, fuerza motriz, alumbrado público, domiciliario e instalaciones complementarias para su correcto funcionamiento, como así también la debida autorización de la salida vehicular a la Ruta Provincial Nº 39, ante la Dirección de Vialidad Provincial (DVP).-
ARTÍCULO 4° Los movimientos que demande la citada Empresa sean estos de carga, descarga y estacionamiento vehicular, se realizarán dentro del predio de la misma.-
ARTÍCULO 5° La Autorización conferida , caducará en la instancia de cese de dicha actividad industrial.-
ARTÍCULO 6° Derogase todo otro instrumento y/o factibilidad que se oponga a la presente.-
ARTÍCULO 7° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil diecisiete.-
Héctor Emilio Colombini
|
Martín Federico David
|