El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° Reconocese la Deuda pendiente, a favor de CABLE SERVICIO S.R.L., en concepto de Servicios Contratados, y según facturas N° 186,195, 357, 411 y 468, correspondiente al año 2016, por la suma de pesos veintiocho mil quinientos cuarenta y uno ($ 28.541), de acuerdo a las constancias obrantes en el Expediente Administrativo N° 4036-37053/2017.-
ARTÍCULO 2° La deuda reconocida en el Artículo precedente, deberá ser registrada en la Contabilidad Municipal, de acuerdo a lo prescripto en el Artículo 141 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 3° La presente erogación hubiera correspondido ser imputada en la Partida 3, Programa 01.01.00 del Presupuesto General de Gastos del año 2016.-
ARTÍCULO 4° Comuníquese la presente Ordenanza a los Departamentos de Contaduría Municipal y Tesorería
ARTÍCULO 5° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil diecisiete.-
Héctor Emilio Colombini
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Martín Federico David
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