El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a reducir hasta en un 15% el valor de autorización de venta del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción: VII, Sección R, Parcela 1599, Partida Inmobiliaria 031-000590, Matricula 19791, del Partido de Exaltación de la Cruz; con convalidación del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.-
ARTÍCULO 2° Prorróguese por noventa (90) días el plazo de venta otorgado por la Ordenanza Municipal N° 2368/16.-
ARTÍCULO 3° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinte días del mes de Diciembre de dos mil dieciséis.-
Héctor Emilio Colombini
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Martín Federico David
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