Ordenanza Nº 2394/16 – Regimen de Ordenanmiento de Transito

Ordenanza Nº 2394/16 – Regimen de Ordenanmiento de Transito

    Corresponde Expediente N° 4036-251/16-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° Impleméntese el Régimen de Ordenamiento e Inspección del Estacionamiento de Vehículos en el casco céntrico de la ciudad de Capilla del Señor según plano de estacionamiento vehicular vigente a la fecha.-

ARTÍCULO 2°
Determínese la demarcación en forma visible de los sectores de detención de vehículos para carga y descarga de mercaderías, en las calles de Capilla del Señor, según Plano Adjunto que como Anexo I forma parte de la presente, debiendo realizarse la detención de los vehículos conforme lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 019/2000.-

ARTÍCULO 3°
Establezcase Espacios Exclusivos, para el estacionamiento de motos en las arterias de Capilla del Señor, los cuales deberán ser señalizados en forma visible, según plano adjunto, que como Anexo II, forma parte de la presente.-

ARTÍCULO 4°
La Dirección de tránsito, será el organismo de control del cumplimiento de la presente Ordenanza, labrando las actas de comprobación pertinentes ante la existencia de infracciones a la misma, control que se efectuará conforme las pautas, criterios y/o modalidades que se establezcan en la Reglamentación que a tal efecto dicte el Departamento Ejecutivo Municipal. La confección de las actas de infracción relacionadas con el incumplimiento del sistema, serán atribución exclusiva de los Inspectores de Tránsito dependientes de la Dirección mencionada en este artículo, con colaboración de personal policial en caso de ser necesario. Las mismas serán elaboradas conforme a las ordenanzas vigentes en la materia.-

ARTÍCULO 5°
Suspéndase por un plazo de 90 días a partir de la fecha de terminación de la mencionada demarcación la aplicación de las sanciones establecidas en la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 6°
Sugiérase realizar campañas de educación y prevención tendiente a la publicidad de la nueva modalidad de estacionamiento.-

ARTÍCULO 7°
Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinte días del mes de Diciembre de dos mil dieciséis.-

Héctor Emilio Colombini
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Martín Federico David
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 2394/16.

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