El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, ha Aprobar por vía de Excepción, los Planos de Obra, presentados en el Expediente Municipal N° 4036-36337/16, correspondientes al inmueble ubicado en el Partido de Exaltación de la Cruz, designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección Q, Quinta 10, Parcela 2, propiedad de la firma GROMANTI S.A. C.U.I.T. N° 30-56208441-6
ARTÍCULO 2° La Aprobación de los Planos mencionados en el Articulo Anterior, estará condicionada al cumplimiento del destino primario de explotación industrial del inmueble y la ocupación de mano de obra con residencia mínima de 2 años en el distrito de Exaltación de la Cruz, bajo apercibimiento de dar de baja de pleno derecho, el beneficio solicitado, debiendo aplicarse la Normativa Legal Vigente.-
ARTÍCULO 3° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinte días del mes de Diciembre de dos mil dieciséis
Héctor Emilio Colombini
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Martín Federico David
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