Ordenanza Nº 004/06 – Modif.introducidas en la ord. 99-05 (moratoria)

Ordenanza Nº 004/06 – Modif.introducidas en la ord. 99-05 (moratoria)

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°:  Derógase las modificaciones introducidas por la Ordenanza Nº 99/ 2005 a los Artículos 3º,4º,6º,8º,14º y 20º de la Ordenanza Nº 99/ 2005, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

Artículo 3º: Podrán incorporarse a la presente Ordenanza los contribuyentes que registren deudas hasta la 6º cuota del 2005
inclusive, y no adeuden las tasas devengadas a partir del 2006.
Artículo 4º: Para la Tasa de Servicios Generales establécese los siguientes Planes de Facilidades de Pagos y Descuentos: hasta 3 cuotas se dispondrá un descuento del 50 % sobre los intereses acumulados, hasta 6 cuotas el 25 % y hasta 12 cuotas fijas sin descuento a los interés, sobre la deuda registrada al momento de la firma del respectivo convenio.Para aquellos contribuyentes que cancelen sus deudas de contado se dispondrá un descuento del 75 % sobre los intereses acumulados.
Artículo 6º: Para la Tasa de Servicios Sanitarios establécese los siguientes Planes de Facilidades de Pagos y Descuentos: hasta 3 cuotas se dispondrá un descuento del 50 % sobre los intereses acumulados, hasta 6 cuotas el 25 % y hasta 12 cuotas fijas sin descuento a los intereses, sobre la deuda registrada al momento de la firma del respectivo convenio. Para aquellos contribuyentes que que cancelen sus deudas de contado se dispondrá un descuento del 75 % sobre los intereses acumulados.
Artículo 8º: Para la tasa por Seguridad, Salubridad e Higiene establécese los siguientes Planes de Facilidades de Pagos y Descuentos: hasta 3 cuotas se dispondrá un descuento del 50 % sobre los intereses acumulados, hasta 6 cuotas el 25 % y hasta 12 cuotas fijas sin descuentos a los intereses sobre la deuda registrada al momento de la firma del respectivo convenio. Para aquellos contribuyentes que cancelen sus deudas de contado se dispondrá un descuento del 75% sobre los intereses acumulados.
Artículo 14º: Aquellos contribuyentes que registren deudas en gestión judicial, podrám acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza, gozando de un descuento del 25 % sobre los intereses, recargos y actualizaciones para el caso de cancelar las mismas de contado. En caso de optar por la financiación, establécese un Plan de Facilidades de Pago hasta 6 cuotas fijas sin interés, sobre la deuda registrada al momento de la firma del respectivo convenio.
En todos los casos se podrán condonar las multas por omisión Fiscal.
Artículo 20º: La presente Ordenanza regirá desde la fecha de su promulgación, hasta el día 30 de Abril de 2006, pudiendo el Departamento Ejecutivo prorrogar su vencimiento de acuerdo a las necesidades y grado de adhesión de los contribuyentes.-

Artículo 2°: Modifícase el Artículo 9 bis de la Ordenanza 021/2004 introducido por el artículo 3º de la Ordenanza 099/2005, por el siguiente texto:

Artículo 9º bis: Para los Derechos de Construcción establécese los siguientes Planes de Facilidades de Pagos y Descuentos: hasta 3 cuotas se dispondrá un descuento del 50 % sobre los intereses acumulados, hasta 6 cuotas el 25 % y hasta 12 cuotas fijas sin descuentos a los interés, sobre la deuda registrada al momento de la firma del respectivo convenio.Para aquellos contribuyentes que cancelen sus deudas de contado se dispondrá un descuento del 75 % sobre los intereses acumulados.-

Artículo 3°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Marzo de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 004/2006.

 

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