El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a realizar la Mensura y División del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección E, Quinta 123, Parcela 1, según Plano Característica 31-41-76, generándose de la división las siguientes parcelas 1a,1b, 1c, 9 y 10, según croquis que se adjunta a la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2° Afectase el inmueble designado como parcela 1ª, según el Anexo I de la presente, a Espacio Verde y Libre Público, el cual será destinado a la construcción de una plaza.-
ARTÍCULO 3° Los inmuebles restantes, resultantes de la división, parcelas 1b,1c, 9 y 10, que se autoriza en el Artículo 1° de la presente, y constan en el Anexo I, mantendrán el carácter de Dominio Privado de la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, los cuales podran ser afectados al bien común del barrio.-
ARTÍCULO 4° Derogase la Ordenanza Municipal N° 046/2013.-
ARTÍCULO 5° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los dos días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.-
Héctor Emilio Colombini
|
Martín Federico David
|