El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° Ratifíquese el CONVENIO DE COMODATO, suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, representada por el Señor Intendente Municipal Dn. ADRIAN DANIEL SANCHEZ, y la PROCURACIÓN GENERAL DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representada la Señora Fiscal General del Departamento Ju-dicial Zarate- Campana Dra. LILIANA ALICIA MAERO, por el cual La Municipalidad entrega un bien inmueble destinado al funcionamiento y sede la UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y JUICIO DESENTRALIZADA DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ.-
ARTÍCULO 2° El CONVENIO DE COMODATO, que se Ratifica por el Artículo 1° de la presente Ordenanza tendrá una duración de cinco (5) años, pudiendo ser prorrogado por igual plazo.-
ARTÍCULO 3° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Héctor Emilio Colombini
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Martín Federico David
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