El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° Autorizase a realizar las Escrituras Traslativas de Dominio, de los Bienes Inmuebles, de acuerdo a la Permuta según Convenio respaldado por Ordenanza Municipal N° 081/2011, sancionada con fecha 26 de Octubre, en tramite por ante Expediente Administrativo N° 4036-26657/11.-
ARTÍCULO 2° Autorizase la escrituración del bien inmueble cuyos datos catastrales son: Circunscripción I, Sección A, Manzana 43, Parcela 2e, Zona de Conservación de Desagües Naturales, según Plano Mensura y División, características N° 31-45-2015, a favor de la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, CUIT N° 33-99929598-9, con domicilio legal en calle Rivadavia N° 411 de Capilla del Señor.-
ARTÍCULO 3° Autorizase la escrituración del bien inmueble cuyos datos catastrales son: Circunscripción I, Sección A, Manzana 43, Parcela 6b, según Plano de Mensura y División características N° 31-85-2014, a favor de la Señora FORMENTO GRACIELA MARÍA, con DNI N° 06.179.763, con domicilio legal en calle Bolivar 155 de Capilla del Señor.
ARTICULO 4° Requierase la Intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos del otorgamiento de las respectivas Escrituras Traslativa de Dominio, de acuerdo a lo enunciado en los Artículos precedentes de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 5° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Mu-nicipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Héctor Emilio Colombini
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Martín Federico David
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