MUNICIPALIDAD
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Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional
Autoridades:
Intendente Municipal:
Dn. Adrían Daniel SANCHEZ
Secretario de Coordinación General y Planificación
Sr. Guillermo Cesar FLORES
Secretario de Gobierno
Dn. Diego NANNI
Secretario de Economía, Administración e Ingresos Públicos
Lic. Pablo Armando ARRIGHI
Secretario de Obras, Servicios y Espacios Públicos
Ing. Gustavo Fabián CANDIA
Secretaria de Salud y Calidad de Vida
Dr. Vicente Enrique PAPPI
Secretaria de Seguridad
Sr. Juan Manuel BOUBETA CHEHIN
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ
Presidente
Sr. Martín Federico DAVID
Vicepresidente 1°
Sra. Cjal. María Luz BOZZANI
Vicepresidente 2°
Sr. Cjal. Sebastián DRAMISSINO
Secretario
Sr. Héctor Emilio COLOMBINI
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° Establecese a partir del periodo legislativo 2016, que todas las Ordenanzas Municipales, sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, serán designadas con una numeración correlativa, sin distinción de periodo de tiempo, seguida del año que corresponda.-
ARTÍCULO 2° A los efectos establecidos por el Artículo 1° de la presente Ordenanza y con el fin de evitar confusiones con la numeración de las Ordenanzas sancionadas en periodos anteriores, a partir de la fecha indicada se comenzará con la Ordenanza N° 2317/16.-
ARTÍCULO 3° Facultase a la Secretaria del Honorable Concejo Deliberante, a rectifi-car la numeración de las Ordenanzas sancionadas durante el presente periodo legislativo, conforme al régimen establecido, comunicándolo al Departamento Ejecutivo Municipal.-
ARTÍCULO 4° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil dieciséis.-
Daniel Ruben Portillo
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Leandro Ramón Staniscia
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Registrada Bajo el N° 2317/16.
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° Modificase el Artículo 6° de la Ordenanza Municipal de Presupuesto para el Ejercicio 2016 N° 082/2015, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 6°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a la creación y pago de Bonificaciones Remunerativas no bonificables para todo el personal de Planta permanente y/o contratada y/o Jornalizado, y/o bonificaciones por áreas.
Ratificase todas las bonificaciones efectivamente pagadas durante el Ejercicio Financiero 2015 al Personal de Planta Permanente y/o Transitoria.-
ARTÍCULO 2° Comuníquese al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, y al Departamento Ejecutivo Municipal; y autorizase a realizar el Texto Ordenado de la Ordenanza Municipal que se hace referencia en el Artículo 1° del presente.-
ARTÍCULO 3° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los once días del mes de Abril de dos mil dieciséis.-
Héctor Emilio Colombini
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Martín Federico David
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Registrada Bajo el N° 2318/16.
Número de Ordenanza Rectificada por Decreto N° 003/2016 del Honorable Concejo Deliberante, en virtud de la Sanción de la Ordenanza N° 2317 de Correlatividad.-
Ex Ordenanza N° 001/2016
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° Declarase como Entidad de Bien Público del Partido de Exaltación de la Cruz, a la Asociación Civil sin fines de lucro a EMPRENDIMIENTO NOSOTROS PANIFICADOS ARTESANALES.-
ARTÍCULO 2° El Departamento Ejecutivo Municipal, tendrá a su cargo la fiscalización de funcionamiento de la Entidad a que se hace referencia en el Artículo 1° de la presente.-
ARTÍCULO 3° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los once días del mes de Abril de dos mil dieciséis.-
Héctor Emilio Colombini
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Martín Federico David
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Registrada Bajo el N° 2319/16.
Número de Ordenanza Rectificada por Decreto N° 003/2016 del Honorable Concejo Deliberante, en virtud de la Sanción de la Ordenanza N° 2317 de Correlatividad.-
Ex Ordenanza N° 002/2016