El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° Modificase el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 057/2015, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 1° : Autorizase la apertura de la calle N° 2, indicada en el plano de mensura Legajo 87/1917, agregado al folio 85/1911, en el Registro de la Propiedad Inmueble Provincial, la cual se encuentra cerrada al uso público, con una tranquera, ilustrada con fotos agregadas al Expediente Administrativo N° 4036-22477/08.-
ARTÍCULO 2° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los siete días del mes de Junio de dos mil dieciséis.-
Héctor Emilio Colombini
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Martín Federico David
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